Cambios en el alquiler de la vivienda

Albacete, 15 de Diciembre de 2018. La unión de consumidores de Albacete informa de los cambios en la legislación sobre el ALQUILER DE VIVIENDA a partir del 19 de Diciembre de 2018:

SI EL ARRENDADOR ES UN PARTICULAR:

– plazo mínimo legal del contrato: 5 años (antes eran 3)
– plazo de prórroga tácita: 3 años (antes era 1)
– fianza: 2 meses como máximo
– están exentos de abonar el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados
– las partes pueden pactar cualquier tipo de garantía siempre que su valor no supere dos mensualidades de renta (avales bancarios, depósitos bancarios, etc.)

SI EL ARRENDADOR (CASERO) ES UNA PERSONA JURÍDICA

– plazo mínimo legal del contrato: 7 años
– plazo de prórroga tácita: 3 años (antes era 1)
– fianza: 2 meses como máximo
– están exentos de abonar el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados
– las partes pueden pactar cualquier tipo de garantía siempre que su valor no supere dos mensualidades de renta (avales bancarios, depósitos bancarios, etc.)
– los gastos de gestión inmobiliaria y formalización del contrato corren a cargo del arrendador, salvo que se hayan producido por una inciativa del arrendatario (inquilino)

Para más información, no dudes en contactar con nostros.

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